No se pudo otorgar el valor probatorio pleno a las pruebas
presentadas por el denunciante.
El Consejo General se instaló en otra sesión extraordinaria,
pero decretó un receso para reanudar mañana viernes a las 13 horas.
Mérida, Yucatán, 17 Mayo.- El Consejo General del Instituto
de Procedimientos Electorales y Participación Ciudadana (IPEPAC), declaró por
unanimidad, improcedente por infundada, la queja presentada por el
representante suplente del PRI ante el Consejo General, Mitsuo Teyer Mercado en
contra del PAN y Joaquín Díaz Mena, por la probable comisión de alguna falta
y/o faltas a la Ley Electoral consistente en la colocación de propaganda
electoral en lugares no autorizados, en el municipio de Cuzamá.
Al reanudarse la sesión que inició anoche, cuando también se
declaró improcedente una queja del PAN contra Alvar Rubio Rodríguez, únicamente
se aprobó por unanimidad declarar improcedente por infundada, la queja en
contra del PAN y de Díaz Mena.
El representante del PRI, Teyer Mercado dijo que su partido
siempre ha sido respetuoso de las decisiones del Consejo General del IPEPAC,
pero anticipó que el PRI analizará las medidas procedimentales que en su
momento realizará.
La queja en cuestión fue presentada en contra del PAN y Díaz
Mena por la colocación de cuatro lonas en postes de alumbrado público del
municipio de Cuzamá que a juicio del denunciante vulnera la legislación
electoral del Estado.
No obstante, el Consejo General estimó que a las pruebas
presentadas por el denunciante, consistentes en 6 fotografías donde se observa
la presencia de hileras de mantas relativas a la campaña de Díaz Mena, sujetas
a postes del alumbrado público y un DVD con tres vídeos, no se les puede
otorgar el valor probatorio pleno.
Antes de reanudar la sesión extraordinaria que fue recesada
anoche, el Consejo General se instaló en sesión extraordinaria, sin embargo, se
decretó un receso, para reanudar mañana a las 13 horas, a efecto de realizar el
análisis de los 14 proyectos de acuerdo que se encuentran en la orden del día.
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