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Declaran inoperante e infundada denuncia de Díaz Mena

El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación determinó, en sesión pública, aprobar el dictamen de validez de la elección estatal que hizo el Tribunal Electoral del Estado de Yucatán y declarar inoperante e infundada la petición de anulación del panista Joaquín Díaz Mena.

En la resolución, los magistrados de la Sala Superior determinaron que la impugnación 155/2012 presentada por Díaz Mena es inoperante e infundada en las cinco grandes áreas presentadas.

En torno a la colocación de mantas en el período del silencio electoral, los magistrados validaron lo determinado por las magistradas de la Sala Regional, en el sentido que representa “parte de la libertad de expresión de los ciudadanos”.

El proyecto declara válido los actos de realizados por Zapata Bello durante el período de precampaña, así como también declara inoperantes e infundados los argumentos para anular los conteos en los XV Distritos de Yucatán.

El magistrado Manuel González Oropeza se expresó a favor de confirmar la resolución de la Sala Xalapa del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación en el sentido de confirmar el triunfo de Rolando Zapata Bello en Yucatán.

La magistrada María del Carmen Arias expresó las acciones cometidas en la impugnación en el sentido de los presuntos actos de precampaña de Zapata Bello como diputado federal, expuso que la forma en la que fueron presentados y la manera en la que se pretenden presentar como una afectación directa no se logra.

El magistrado Pedro Esteban Penagos López también se pronunció a favor del dictamen realizado por la comisión encargada, antes de tomar la palabra su compañera María Arias también se expresó a favor del dictamen y precisó que "no son tímidos en la aplicación de la ley".
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