En una audiencia realizada esta mañana en el Centro de
Justicia de Umán, 18 kilómetros al suroeste de esta ciudad, el Tribunal
integrado por las juezas María del Socorro Tamayo Aranda, Fabiola Rodríguez
Zurita y Nidia Guadalupe Celis Fuentes, dio lectura y explicación a la
sentencia que recayó en el juicio, que contiene los fundamentos respecto de la
existencia del delito; la culpabilidad penal del hoy sentenciado y las penas
que se le impusieron, luego de que el pasado
22 de mayo fue encontrado culpable del delito que se le imputa.
La jueza Tamayo Aranda, quien fungió como Presidenta para
este caso, informó directamente al sentenciado sobre la determinación respecto
de la pena privativa de libertad, así como también de la pena pecuniaria de 300
días de salario mínimo, equivalente a 17,025 pesos en la época de los hechos.
También se le condenó a la reparación del daño por la cantidad de 5,000 pesos
por daño moral, más los gastos que acredite la mamá de la víctima para el pago
de terapias y tratamientos psicológicos para la menor. Todas estas penas están
previstas en el Código Penal vigente en el estado.
Explicó que para determinar la pena privativa de libertad se
consideraron no sólo los acuerdos probatorios acordados en una audiencia
intermedia por las partes, sino también lo que este Tribunal pudo corroborar de
manera directa a través de la narración de la menor víctima, quien corroboró la
existencia del acto sexual, identificó
plenamente a su agresor y confirmó el lazo familiar del mismo.
Lo anterior fue sustentado también con la declaración del
hermano de la víctima, también menor de edad y de la tía de ambos. Todos
declararon de forma directa en la audiencia de juicio del pasado 22 de mayo.
Para imponer el castigo el Tribunal consideró también la conciencia y capacidad
de entendimiento del sentenciado, demostrada en audiencia previa, sobre la
magnitud del daño causado y de sus consecuencias, así como el hecho de que
abusó de la confianza en él depositada.
Por su parte, la juez Tamayo Aranda explicó que esos
presupuestos fueron considerados para no imponer la pena mínima solicitada por
la Defensa.
Sin embargo, el Tribunal también consideró otros
presupuestos para no imponer la pena máxima, entre ellos la colaboración del
hoy sentenciado al declarar en el juicio, su conducta después de los hechos y
el que se trate de un solo delito. La juez relatora del Tribunal para este
caso, Fabiola Rodríguez Zurita, leyó ante los representantes de la Defensa y la
Fiscalía y ante el propio imputado, así como ante el público en general, todos
y cada uno de los argumentos sobre los cuales este Tribunal llegó a dichas
determinaciones, respecto de los hechos ocurridos el pasado 21 de noviembre de
2011 en el municipio de Muna.
La audiencia de lectura de sentencia, que finaliza este
proceso a sólo seis meses de cometido el delito, tuvo una duración de una hora
con 30 minutos.
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